Comunicamos al Personal del CBVP de la Resolución 119/15 DN, la cual transcribimos a continuación.
VISTO: lo establecido en la Resolución Nro. 097/98 D., de fecha 4 de diciembre de 1998 y lo establecido en la Resolución Nro. 115/09 DN de fecha 23 de agosto de 2009; y
CONSIDERANDO:
QUE, la Resolución Nro. 087/98, Acta Nro 028, se establece como pre-requisito para postulación a Oficiales de Compañía, la participación obligatoria en los distintos Cursos organizados a tal efecto.
QUE, la Resolución Nro. 115/09 del Directorio Nacional, Acta Nro. 088, se establece que lo estipulado en la Resolución precedente, sea considerado como requisito para postulaciones a Miembros del Consejo Directivo.
QUE, los postulantes a Miembros del Directorio Nacional realizaron el Curso para Oficiales respectivo, antes de la Asamblea General Ordinaria para elección de autoridades de dicho estamento, para el periodo 2015/2016.
QUE, el Art. 26 del Reglamento General establece: «En cualquier momento el Directorio Nacional, por mayoría calificada de sus integrantes con derecho a voto, podrá ampliar, modificar o dejar sin efecto los acuerdos y resoluciones que fueron tomados en su seno …».
QUE, en virtud de los Artículos 21, inciso b) y Artículo 22, inciso a), el Directorio Nacional considera oportuno ampliar las citadas resoluciones estableciendo como requisito, además de los postulados a Oficiales de Compañía y Miembros de Consejos Directivos, a los postulados al Directorio Nacional, Tribunal de Justitica y Junta Electoral, la participación obligatoria en los distintos Cursos a ser desarrollados a tal efecto.
POR TANTO, atendiendo a los motivos expuestos, el Directorio Nacional del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, en sesión ordinaria de fecha 31 de marzo de 2015, Acta Nro. 058, periodo 2014/2016, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Art. 1ro. AMPLIAR las resoluciones 087/98 D. de fecha 4 de diciembre de 1998 y Nro. 115/09 de fecha 23 de agosto de 2009.
Art. 2do. ESTABLECER que lo estipulado en las citadas Resoluciones, como requisito para postulaciones, incluyen al Directorio Nacional, Tribunal de Justicia y Junta Electoral.
Art. 3ro. DEJAR CONSTANCIA, que dichos cursos serán organizados por el Directorio Nacional y serán publicados en las distintas Compañías, para dar oportunidad de participación a todo el personal interesado.
Art. 4to. COMUNÍQUESE a todo el personal de Bomberos, anótese y una vez cumplido archivar.
Firmado: Cap. Ppal. BVC Luciano Florenciañez Brizuela, Secretario Nacional; Cap. Gral, BVC Rafael Valdez Peralta, Presidente Nacional.