Para el Personal Bombero de la Institución y para amigos del CBVP, en este artículo recordamos esta Resolución de la Comandancia Nacional, que fue emitida ya hace un tiempo pero sabemos que es importante tenerla presente. Viendo que en reiteradas ocasiones son observadas falta de uniformidad, medidas de seguridad y organización en Actos de Servicio y considerando…
Para el Personal Bombero de la Institución y para amigos del CBVP, en este artículo recordamos esta Resolución de la Comandancia Nacional, que fue emitida ya hace un tiempo pero sabemos que es importante tenerla presente.
Viendo que en reiteradas ocasiones son observadas falta de uniformidad, medidas de seguridad y organización en Actos de Servicio y considerando que es necesario establecer ciertas Normas, procedimientos y de identificación de los Voluntarios a efectos de mejorar la uniformidad, apariencia y seguridad de los Bomberos Voluntarios en los distintos servicios, la Comandancia Nacional del CBVP tomó la siguiente resolución:
Fecha
07 de junio de 2004
Resolución
13/04/06 C.N.
PONER en vigencia las Normas y Procedimientos en Actos de Servicios a partir de la fecha y hasta disposición en contrario. ENCARGAR a los Oficiales del control y cumplimiento de todos los Artículos mencionados en la misma.NORMAS Y PROCEDIMIENTOS EN ACTOS DE SERVICIOS
En los Actos de Servicio prevalecerá la calidad de bombero sobre todo profesión u oficio.
Todo personal que concurra en Acto de Servicio tiene la obligación de cooperar en el trabajo, conforme a las instrucciones que reciba de quien está a cargo.
El personal siempre deberá tener en cuenta que ningún voluntario debe actuar como si lo fuera únicamente en su Compañía, por que lo principal es el Cuerpo. Cuyo prestigio y buen servicio depende de la acción general y no de la individual.
En todo aspecto de servicio, tanto las Compañías como los Voluntarios entre sí deben prestarse ayuda mutua, a fin de desarrollar una labor coordinada y uniforme, dentro de la más amplia armonía y respeto.
El Personal que no tenga labor determinada se reunirá y permanecerá junto al material mayor de su Compañía. En consecuencia, no debe hacer el paper de espectador en las cercanías ni en el interior del local siniestrado.
Si la Compañía en servicio no tiene trabajo, el Capitán o quién haga sus veces, formará al personal y pedirá órdenes al que esté a cargo de dicho servicio.
Durante el trabajo no deberá oírse otras voces que la de los Oficiales o Voluntarios a Cargo. El personal debe guardar silencio y cumplir estricta y ordenadamente las instrucciones que reciba.
Exclusivamente el personal necesario y mínimo para ejecutar las labores inherentes, podrá permanecer en el tramo que recorre las vías de acceso y escape, dejando siempre en el centro de ellas, libre para una situación de emergencia.
Si se necesita luz artificial se tratará de alumbrar la totalidad de las vías de salida, evitando obstaculizar con ellos.
Después de cada Servicio y dada la orden de retirada a una Compañía en particular o al Cuerpo en general, los Voluntarios no podrán permanecer en el recinto del acto de servicio. Salvo autorización expresa del Oficial o Voluntario a cargo.
El personal que no tenga instrucciones necesarias, de acuerdo al tipo de servicio, debe abstenerse de trabajar por su propia iniciativa, ya que el desconocimiento por parte de algún Voluntario de la labor que corresponde realizar, perjudica el buen trabajo de todos.
El conductor del vehículo es el responsable por el o los materiales utilizados y existentes dentro del vehículo y no deberá abandonar el mismo mientras esté en servicio.
En todo Acto de Servicio el personal deberá vestir el uniforme reglamentario de protección (casco, cotona, guantes, botas).
Se prohibe el uso indebido o incorrecto de cualquier prenda del uniforme, sea de media gala, gala o de trabajo. Como así la alteración o modificación del uniforme o leyendas, logotipos o insignias que no estén aprobadas.
Queda terminantemente prohibido el uso de aros/aretes y otros accesorios decorativos en la oreja u otras partes del cuerpo que queden a la vista, en horas de prácticas, guardias y Actos de Servicio.
Prohibir el uso de cabellos largos sin recoger, por lo que se deberá tener el cabello recogido (rodete) por debajo del casco o kepi y/o mientras vista el uniforme de bomberos (faena o gala).
Todo voluntario deberá utilizar porta nombre (distintivo jerárquico), en el uniforme de faena, el que debe ser de tela bordada, con fondo negro y letras amarillas, indicando el nombre inicial, seguido de los dos apellidos, acompañado por debajo de estos por la identificación del código (C para Combatiente y A para Activo) y grupo sanguíneo. Medidas 10 x 3 cm, sujetos con cierre magnético (belcro). Los mismos deberán ser portados por sobre el bolsillo derecho (resolución 112/11) de la guayabera/cobi y de la cotona a los efectos de identificar al Voluntario.
Para los actos de formación, citación general o asistencia de actividad social y actos de servicio, los voluntarios deberán utilizar chaqueta, cotonas o remera amarilla, dejando la remera de otro color para prácticas o guardias.
Se debe observar la cadena de mando operativa de acuerdo a la Resolución de Directorio 205/03 de fecha 28 de noviembre de 2003
Firmado
Cap. Ppal. BVF Carlos Torres Alujas, Comandante General. Cap. Ppal. BVC Eduardo Romero López, Segundo Comandante General. Cap. Ppal. Óscar Ojeda Villate, Tercer Comandante General.