Circular Nº 02/13 – C1. A Cuerpos, Compañías y Unidades del CBVP. Disposiciones de Operatividad de las Compañías y Unidades.
A través de esta circular la Comandancia Nacional comunica que de acuerdo a la reunión extraordinaria de la Junta Superior de Oficiales, realizada el día sábado 9 de febrero de 2013, en el local del Cuartel General del CBVP, se establece lo que sigue:
- En caso de que la Compañía o Unidad, se encuentre afectado a cualquier tipo de servicio, ningún personal deberá permanecer en el recinto de la Compañía o Unidad, excepto el Radio Operador de turno o cuartelero, ya sea aún así, si la compañía o unidad se encuentra inoperativa con servicio en su zona, el Oficial o voluntario deberá salir por lo menos 30 minutos fuera de la compañía desde la alarma del servicio, salvo autorización expresa.
- Se deberá elaborar el Plan de llamadas en cascadas para los Oficiales y Voluntarios comunicando los servicios.
- En caso de que las compañías o Unidades queden inoperativas por falta de voluntarios y las mismas posean más de un vehículo, podrán ser transferidas con autorización de la Comandancia Nacional a otras compañías que posean cobertura de personal.
- Elevar listado de Oficiales o Voluntarios que desean realizar solicitud de liberación o permiso para asistir a los servicios en caso de necesidad. Para la misma se deberá elevar Nombre de la Empresa y/o Encargado, Nombre del Oficial o voluntario con número de Cédula.
- Cualquier situación de inoperatividad de la compañía deberá contar con el Visto Bueno del Comandante de Compañía.
Sin más,
Cap. Ppal. B.V.F. Carlos Alberto Torres Alujas
Comandante Nacional del CBVP