D.N. elimina requisitos para postulaciones

Directorio Nacional tiene la obligación de arbitrar los medios para que su actuación quede fuera de cualquier duda con respecto a las postulaciones para ocupar cargos electivos; y que el D.N. considera que en determinadas situaciones puede actuar con magnanimidad institucional

793 0
Tamaño: +A -A
1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas

En la sesión del viernes 9 de abril de 2021, el Directorio Nacional trata el tema referente a las oportunidades de postulación de los miembros de la institución para cargos en el Directorio Nacional, Tribunal de Justicia y Junta Electoral.

El Directorio Nacional (D.N.) viendo la brillante actuación de la Academia Nacional de Bomberos en la programación y realización de los Cursos Para Oficiales hasta la fecha; considerando que el Directorio Nacional tiene la obligación de arbitrar los medios para que su actuación quede fuera de cualquier duda con respecto a las postulaciones para ocupar cargos electivos; y que el D.N. considera que en determinadas situaciones puede actuar con magnanimidad institucional, en uso de sus atribuciones resuelve:

  1. Eliminar los requisitos establecidos en la Resolución 119/15 DN de fecha 1 de abril de 2015
  2. Dejar constancia que los únicos requisitos para postulaciones a ocupar cargos en el Directorio Nacional, Tribunal de Justicia y Junta Electoral, serán los establecidos en el Art. 33º de los Estatutos Sociales del CBVP.

Todo lo arriba mencionado consta en la Resolución nº 075/21 DN, acta nº 159/09-04-2021, del 9 de abril de 2021.

Referente a los Estatutos Sociales, en su artículo 33º dice:

Las postulaciones para ocupar un cargo en el Directorio Nacional se harán siempre en forma individual y para cada cargo específico, ante la Junta Electoral y los candidatos deberán reunir por lo menos, los siguientes requisitos:
a.) Ser paraguayo, natural o naturalizado;
b.) Tener 25 (veinticinco) años de edad como mínimo;
c.) Poseer título de bachiller o su equivalente;
d.) Tener solvencia moral reconocida;
e.) Poseer idoneidad reconocida para el cargo;
f.) Tener la antigüedad necesaria establecida el Reglamento General para cada cargo.